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lunes, 24 de febrero de 2025

Principios de la Conciliación según el Código Orgánico General de Procesos. La imparcialidad.

La imparcialidad es un principio fundamental del derecho que exige que los jueces, árbitros y cualquier autoridad encargada de administrar justicia, actúen de manera objetiva y neutral, sin favorecer a ninguna de las partes involucradas en un proceso. En otras palabras, la imparcialidad implica que la decisión se base únicamente en las pruebas presentadas, y en la aplicación de las normas legales vigentes, sin que influyan factores personales, intereses particulares o presiones externas.

La Constitución de la República del Ecuador establece:

Art. 75.- Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.

Por su parte, el Código Orgánico de la Función Judicial manifiesta:

Art. 9.- Principio de Imparcialidad.- La actuación de las juezas y jueces de la Función Judicial será imparcial, respetando la igualdad ante la ley. En todos los procesos a su cargo, las juezas y jueces deberán resolver siempre las pretensiones y excepciones que hayan deducido los litigantes, sobre la única base de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado, la ley y los elementos probatorios aportados por las partes. Con la finalidad de preservar el derecho a la defensa y a la réplica, no se permitirá la realización de audiencias o reuniones privadas o fuera de las etapas procesales correspondientes, entre la jueza o el juez y las partes o sus defensores, salvo que se notifique a la otra parte de conformidad con lo dispuesto en el numeral 14 del artículo 103 de esta ley.

El Art.5 del Código Orgánico Integral Penal, refiere un conjunto de principios procesales y sostiene que “el derecho al debido proceso penal, sin perjuicio de otros establecidos en la Constitución de la República, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado u otras normas jurídicas, se regirá por los siguientes principios (…)” en los cuales se encuentra el principio de imparcialidad, previsto en el numeral 19 de la referida norma, que consagra:

(…) 19. Imparcialidad: la o el juzgador, en todos los procesos a su cargo, se orientará por el imperativo de administrar justicia de conformidad con la Constitución de la República, los instrumentos internacionales de derechos humanos y este Código, respetando la igualdad ante la Ley.

Con base a lo expuesto, es indiscutible que nuestra normativa consagra el principio de imparcialidad, como una garantía fundamental del debido proceso. Este principio es esencial, para garantizar la confianza en el sistema judicial, y asegurar que las decisiones judiciales sean justas y equitativas.

En el Derecho Internacional de los Derecho Humanos, la imparcialidad del juez ha sido vista como un derecho fundamental. Así lo expresa la Declaración Universal de los Derecho Humanos (1948) en su artículo 10:  “Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal” (Organización de las Naciones Unidas, 1948).

La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José (1969) artículo 8.1, referido a las garantías judiciales, expresa que “toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”

Empero, ¿por qué la imparcialidad es tan importante?

1. Porque le da legitimidad al sistema judicial: La imparcialidad es la base de la legitimidad del sistema judicial. Si los ciudadanos no confían en que los jueces actuarán de manera imparcial, perderán la fe en la justicia.

2. Protección de los derechos: La imparcialidad garantiza, que los derechos de todas las partes involucradas en un proceso, sean respetados y protegidos.

3. Prevención de la corrupción: La imparcialidad es un antídoto contra la corrupción, ya que evita que los jueces se vean influenciados por intereses económicos, políticos o de otra índole.

La imparcialidad se manifiesta en diversos aspectos del sistema jurídico ecuatoriano, entre ellos:

1. Selección y nombramiento de jueces: Los jueces deben ser seleccionados y nombrados a través de procesos transparentes y meritocráticos, que garanticen su idoneidad y objetividad.

2. Inhibición: Los jueces están obligados a inhibirse de conocer en un caso, cuando existan motivos que puedan afectar su imparcialidad, como vínculos personales con alguna de las partes, o intereses económicos en el asunto.

3. Motivación de las resoluciones: Las decisiones judiciales deben estar debidamente motivadas, es decir, deben explicar los fundamentos jurídicos en los que se basan, lo que permite verificar la aplicación objetiva de las normas.

4. Recurso de casación: Este recurso permite revisar las decisiones judiciales en busca de posibles violaciones al principio de imparcialidad u otros errores jurídicos.

A pesar de su importancia, el principio de imparcialidad enfrenta diversos desafíos en el sistema judicial ecuatoriano, entre ellos:

1. Presiones externas: Los jueces pueden estar sujetos a presiones políticas o económicas que pongan en riesgo su independencia.

2. Falta de recursos: La falta de recursos económicos puede afectar la independencia de los jueces y dificultar el acceso a la justicia.

3. Percepción pública: La percepción pública de la imparcialidad de los jueces puede verse afectada por casos de corrupción o de decisiones judiciales cuestionables.

Para concluir podemos concluir, que la imparcialidad es un pilar fundamental del Estado de Derecho y un requisito indispensable para garantizar una justicia justa y equitativa. En Ecuador, como en muchos otros países, se han logrado avances significativos en la consolidación del principio de imparcialidad, pero aún existen desafíos que deben ser superados.

 

  

Bibliografía

Constitución de la República del Ecuador

Código Orgánico de la Función Judicial

https://www.centrosureditorial.com/index.php/revista/article/download/99/284/474#:~:text=La%20imparcialidad%20es%20la%20garant%C3%ADa,causa%20que%20conocen%20bajo%20su

https://revista.uisrael.edu.ec/index.php/rcui/article/view/478

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